Cómo calcular tu finiquito correctamente (con ejemplos y modelo)

Cómo calcular tu finiquito correctamente (con ejemplos y modelo)

El finiquito es la liquidación final obligatoria que debe abonarse al extinguir el contrato, siempre, con independencia de la causa (despido, fin de contrato, dimisión, mutuo acuerdo…). En él se pagan cantidades devengadas y aún no abonadas y se deja constancia documental de la extinción. No es lo mismo que la indemnización por despido, que es un concepto aparte. Inclusión y Migraciones+2Uso+2


1) Finiquito vs. indemnización: qué incluye cada uno

  • Finiquito (siempre procede):
    • Salario de los días trabajados del último mes no cobrados.
    • Vacaciones devengadas y no disfrutadas (mínimo legal de 30 días naturales/año → aprox. 2,5 días/mes, salvo que el convenio use días hábiles).
    • Parte proporcional de pagas extraordinarias si no estaban prorrateadas; si estaban prorrateadas, solo la proporción del mes en curso.
    • Otros conceptos devengados y pendientes: horas extra, pluses variables, bonus ya generados, etc.
    • Deducciones legales: IRPF, cotización (si procede), anticipos, embargos; y, en su caso, descuento por falta de preaviso en baja voluntaria según convenio. LEXWAY ABOGADOS+3BOE+3Iberley+3
  • Indemnización (solo si procede según la causa): 12 días/año en fin de contrato temporal, 20/33 días/año en despidos objetivos/improcedentes, etc. No forma parte del finiquito, aunque pueda pagarse en el mismo acto. Administración Pública+1

2) Cómo calcular paso a paso

Paso 1. Salario del último periodo

  • Calcula salario diario = salario mensual / 30 (si nómina en días naturales) o la conversión de tu convenio.
  • Multiplica por los días trabajados del mes sin cobrar.

Paso 2. Vacaciones no disfrutadas

  • Derecho mínimo legal: 30 días naturales/año (o 22 hábiles/año si así lo fija el convenio).
  • Días pendientes ≈ 2,5 días/mes trabajado en el año (o la equivalencia en hábiles).
  • Importe = salario diario × días de vacaciones pendientes. (Las vacaciones no disfrutadas se abonan al extinguirel contrato). BOE+2Iberley+2

Paso 3. Pagas extraordinarias

  • No prorrateadas: liquida la parte proporcional generada (normalmente una de verano y otra de Navidad, o las que fije el convenio).
  • Prorrateadas mensualmente: incluye solo la parte generada del mes de extinción (si viene como concepto aparte en nómina) o nada adicional si ya está íntegramente en el salario mensual. Loentiendo

Paso 4. Variables y horas extra

  • Añade pluses o bonus ya devengados conforme a las reglas del convenio/plan de incentivos.
  • Incluye horas extra pendientes, nocturnidad, festivos, etc., si no se abonaron.

Paso 5. Deducciones

  • Aplica IRPF y cotización según proceda.
  • Descarta deudas del trabajador (anticiposfaltas de preaviso en baja voluntaria si el convenio lo prevé) y embargos notificados.
Finiquito: qué es y cómo reclamarlo ▷ Actualizado 2025

3) Ejemplo completo (números redondos)

Trabajadora con salario base 1.400 €/mes, 2 pagas extra no prorrateadas, extinción el 15 de abril. Convenio usa 30 días naturales:

  1. Salario de abril: 1.400 / 30 = 46,67 €/día × 15 días = 700,05 €.
  2. Vacaciones pendientes: trabajó del 1/1 al 15/4 → 3,5 meses → 3,5 × 2,5 = 8,75 días.
    • Importe vacaciones: 8,75 × 46,67 € = 408,86 €.
  3. Pagas extra (verano y Navidad): cada una se devenga semestralmente.
    • Verano (1/1 a 30/6): ha trabajado 105 días de 180 (aprox. 58,3 %). Si la paga de verano equivale a 1.400 €, genera 815,83 €.
    • Navidad (1/7 a 31/12): 0 % (no ha trabajado ese semestre).
  4. Total bruto finiquito (sin otras partidas): 700,05 + 408,86 + 815,83 = 1.924,74 €, menos IRPF y lo que proceda.

Nota: si las pagas estaban prorrateadas, en el ejemplo solo se sumaría el medio mes de prorrata (≈ 700,05 € de salario + prorrata del mes) y no la parte semestral. Loentiendo


4) Preguntas clave

¿Cuándo se paga el finiquito?
En la práctica, al firmar la extinción o en fechas muy próximas; es la “última nómina” con todas las partidas debidas. Administración Pública

¿Qué pasa con las vacaciones si no pude disfrutarlas?
Se compensan económicamente en el finiquito; el derecho mínimo es 30 naturales/año (o 22 hábiles si así lo establece el convenio). BOE+1

¿Siempre hay finiquito aunque yo me vaya voluntariamente?
Sí: el finiquito siempre procede; la indemnización, no. (Ojo al preaviso del convenio: podrían descontarlo si no lo cumples). Inclusión y Migraciones

¿Dónde se regula?
El marco general está en el Estatuto de los Trabajadores (vacaciones: art. 38; extinción: art. 49), además del convenioaplicable. BOE+1


5) Modelo de recibo de finiquito (con NO CONFORME opcional)

RECIBO DE FINIQUITO
En [ciudad], a [fecha].
D./D.ª [Nombre trabajador/a], DNI [___], y la empresa [Razón social – CIF], dejan constancia de la extinción del contrato de trabajo con efectos [fecha], y de la liquidación de cantidades siguientes:
– Salario pendiente [fechas]: ___ €
– Vacaciones no disfrutadas (__ días): ___ €
– Pagas extraordinarias (proporciones): ___ €
– Otros conceptos (horas extra/plus/bonus): ___ €
TOTAL BRUTO___ € – Deducciones (IRPF/SS/anticipos): ___ € → TOTAL NETO A PERCIBIR: ___ €
El/la trabajador/a [marca una opción]:
[ ] RECIBE la cantidad indicada.
[ ] NO CONFORME con el cálculo, recibe la cantidad indicada sin perjuicio de las acciones legales que le asisten.
Firma empresa: _____________ Firma trabajador/a: _____________

(Firmar “no conforme” permite cobrar sin renunciar a reclamar diferencias.)


6) Checklist operativo

  •  Reúno contrato y convenio para ver reglas (pagas, preavisos, variables).
  •  Calculo salario/día y días trabajados del último mes.
  •  Estimo vacaciones pendientes (mín. 30 naturales/año → 2,5/mes, o 22 hábiles si el convenio lo fija así). BOE+1
  •  Liquido pagas extra (proporcional o solo parte del mes si prorrateadas). Loentiendo
  •  Incluyo horas extra/variables devengadas.
  •  Aplico deducciones y, si baja voluntaria, reviso preaviso.
  •  Pido el finiquito por escrito y, si discrepo, firmo “no conforme”.

Conclusión

Tu finiquito debe pagar todo lo ya devengado y no cobrado: días trabajadosvacaciones pendientespagas extra (o su prorrata) y variables. La indemnización es otra cosa y solo procede si la causa lo prevé. Para evitar errores: apóyate en el art. 38 (vacaciones) y art. 49 (extinción) del Estatuto, revisa tu convenio, y utiliza el modelo de recibo con la opción “no conforme” si no coinciden las cuentas. Así reduces riesgos y te aseguras de cobrar lo correcto

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