La ansiedad y la depresión se han convertido en una de las principales causas de incapacidad temporal (IT) en España. La Seguridad Social reconoce estos trastornos como enfermedades que pueden impedir trabajar con normalidad, igual que una lumbalgia o un proceso infeccioso. Si tu estado emocional te afecta hasta el punto de bloquearte en el trabajo, puedes acceder a una baja médica por ansiedad o depresión con la misma protección legal y económica que cualquier otra baja por enfermedad común.
1) ¿Cuándo procede una baja por ansiedad o depresión?
La baja por ansiedad o depresión se gestiona como incapacidad temporal por enfermedad común cuando el origen no está directamente relacionado con el trabajo. En esos casos:
- El diagnóstico lo emite el médico de cabecera del sistema público.
- Se tramita como contingencia común.
Sin embargo, también puede tener origen laboral cuando la causa está en el entorno de trabajo (acoso, estrés extremo, conflicto grave). En esos casos, podría reconocerse como accidente de trabajo, con efectos económicos distintos.
Requisitos básicos
Para acceder a la baja por enfermedad común necesitas:
- Estar afiliado/a y en alta (o situación asimilada).
- Tener 180 días cotizados en los últimos 5 años (solo si la baja es enfermedad común; no se exige para contingencias profesionales).
Si cumples estos requisitos y el médico determina que no puedes desempeñar tus funciones, puede emitir el parte de baja.
2) Cómo pedir la baja por ansiedad o depresión (paso a paso)
Paso 1. Pide cita con tu médico
Debes acudir al médico de familia. Para que valore la situación correctamente:
- Describe los síntomas (insomnio, ataques de pánico, bloqueo mental).
- Explica cómo afectan al trabajo: incapacidad para concentrarte, errores graves, falta de control emocional.
- Entrega informes psicológicos o psiquiátricos si los tienes.
Paso 2. Emisión del parte de baja
Si el médico confirma que no puedes trabajar:
- Emitirá el parte de baja por IT.
- El diagnóstico se codifica: la empresa no conocerá el motivo exacto.
- El envío se hace telemáticamente a la Seguridad Social y al empleador.
Paso 3. Comunica la baja a tu empresa
Aunque ya no es obligatorio entregar el parte en papel, conviene avisar por escrito para dejar constancia:
- Envía un correo o mensaje indicando la fecha de baja y duración inicial estimada.
- No estás obligado/a a informar del diagnóstico.

3) ¿Cuánto se cobra en una baja por ansiedad o depresión?
La prestación económica depende de si es enfermedad común o accidente laboral. En la mayoría de casos se aplica el régimen de contingencias comunes:
- Días 1–3: no se cobra (salvo mejoras por convenio).
- Días 4–20: 60 % de la base reguladora.
- Desde el día 21: 75 % de la base reguladora.
¿Cómo se calcula la base reguladora?
En trabajadores por cuenta ajena, suele ser:
Base reguladora diaria = base de cotización del mes anterior / 30
¿Quién paga?
- Del día 4 al 15: la empresa.
- Desde el día 16: INSS o Mutua (habitualmente vía nómina).
- Algunos convenios complementan hasta el 100 % del salario.
Si la baja se considera accidente de trabajo
Si se acredita que la causa es laboral:
- Cobrarías el 75 % de la base reguladora desde el día siguiente a la baja.
4) Qué puedes hacer (y qué no) estando de baja por ansiedad o depresión
Estar de baja no significa estar “encerrado”, pero sí implica coherencia con el diagnóstico y la recuperación.
Actividades compatibles
Generalmente no generan problemas si ayudan o no interfieren en la recuperación:
- Pasear o hacer ejercicio moderado.
- Actividades tranquilas: leer, ir al cine, quedar con amigos en ambientes relajados.
- Tareas básicas en casa que no requieran esfuerzo intenso.
La clave es que las actividades no contradigan el motivo de la baja.
Actividades de riesgo
Pueden causar problemas o incluso un despido procedente si:
- Realizas actividades laborales (trabajar en otro sitio, ayudar en un negocio).
- Realizas esfuerzos físicos o mentales incompatibles con tu diagnóstico.
- Participas en actividades lúdicas que indiquen que puedes trabajar normalmente.
Cuando tengas dudas, consulta a tu médico o busca asesoramiento antes de hacerlo.

5) Mutua, reconocimientos médicos y altas con las que no estás de acuerdo
Durante la baja pueden citarte a revisiones:
- La Mutua o el INSS pueden pedirte informes adicionales.
- Si no acudes sin justificar, pueden suspender la prestación.
Si te dan el alta y no estás conforme
Puedes presentar un escrito de disconformidad en un plazo muy breve (normalmente 4 días naturales), aportando informes médicos o citas pendientes que acrediten que sigues incapacitado/a.
6) Modelo de escrito: comunicar la baja a la empresa
Asunto: Comunicación de baja por incapacidad temporal
[Nombre y apellidos]
[Puesto de trabajo]
[Empresa]En [localidad], a [fecha]
A la atención de [Nombre del responsable / RR. HH.]:
Le comunico que, con fecha [día/mes/año], me ha sido emitido parte de baja por incapacidad temporal.
La baja tiene efectos desde [fecha] y la duración inicial estimada es de [X días/semanas], sin perjuicio de posteriores revisiones.
Quedo a disposición de la empresa para cualquier trámite administrativo necesario.
Atentamente,
[Firma]
[Nombre]
[DNI/NIE]
7) Checklist rápido: baja por ansiedad o depresión

- Detecta síntomas que afectan a tu vida y tu trabajo.
- Pide cita con tu médico.
- Solicita el parte de baja si procede.
- Comunica la baja a la empresa por escrito.
- Guarda partes e informes.
- Acude a todas las citas de Mutua o INSS.
- Comprueba que cobras lo correcto (60 % / 75 %).
- Sigue el tratamiento psicológico/médico.
- Presenta disconformidad si recibes un alta prematura.
- Si recibes presión laboral, busca asesoramiento.
8) Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Me pueden despedir estando de baja?
Sí pueden despedirte, pero no por estar de baja. Si sospechas que el motivo real es tu salud, debes impugnar en 20 días hábiles.
¿Puedo viajar estando de baja?
Sí, si es compatible con tu recuperación. Viajes intensos, fiestas o actividades exigentes pueden causar problemas.
¿Tengo que decir el diagnóstico a la empresa?
No. La empresa solo conoce que estás de baja, no el motivo clínico.
¿La baja cotiza?
Sí, la IT cotiza y cuenta para prestaciones futuras.
¿Dónde consulto información oficial?
En la web de la Seguridad Social, apartado “Incapacidad temporal”.
Conclusión
La baja por ansiedad o depresión es un derecho laboral cuando tu estado emocional te impide trabajar con normalidad. Requiere diagnóstico médico, exige cumplir plazos y obligaciones, y genera una prestación económica que protege tus ingresos mientras te recuperas. Lo esencial es actuar con transparencia, seguir el tratamiento y conservar toda la documentación. Si surgen conflictos con la empresa o dudas sobre el alta, conviene reaccionar rápido y buscar asesoramiento.
